A Mancomunidades y Comunidades de Propietarios/as del municipio de Fuenlabrada.
No, la subvención es a fondo perdido.
(Los edificios de tipología residencial colectiva habrán de regirse por la Ley de propiedad horizontal, habrán de tener una antigüedad superior a 15 años y al menos 2 plantas más la baja y no habrán podido recibir subvenciones previas para el mismo fin).
Podrá solicitar la subvención la Comunidad o Mancomunidad, o cada portal, bloque o escalera.
Las Comunidades o Mancomunidades:
Entre el 1 de enero de 2024 y el 11 de octubre de 2026
Para las actuaciones recogidas en el programa 1, la cuantía de la subvención a conceder será de un veinte por ciento (20%) del gasto subvencionable de la actuación con un límite máximo de veinte mil euros (20.000 €) por actuación.
En el caso de que se realicen varias actuaciones recogidas en este programa, la subvención a conceder será de un veinte (20%) de la suma total del gasto subvencionable de las actuaciones, con un límite máximo de veinticinco mil euros (25.000 €).
Hasta el 11 de octubre de 2026
El plazo máximo de resolución no podrá exceder de 6 meses.
El plazo será de 10 días hábiles.
Se efectuará en un único libramiento mediante transferencia a la cta. Bancaria indicada en la Ficha de Terceros
Las que mejoren la accesibilidad en:
Siempre que:
Para las actuaciones recogidas en el programa 2, la cuantía de la subvención a conceder será de un setenta y cinco por ciento (75%) del gasto subvencionable de la actuación, con un límite máximo de mil doscientos euros (1.200 €) por actuación.
En el caso de que se realicen varias actuaciones recogidas en este programa, la subvención a conceder será de un setenta y cinco por ciento (75%) de la suma total del gasto subvencionable de las actuaciones, con un límite máximo de dos mil euros (2.000 €). El límite máximo vendrá determinado por la actuación subvencionable de mayor cuantía.
Presencialmente en las oficinas de la IMV, mediante cita previa en https://sede.imvfuenlabrada.es/citaprevia.
De forma telemática: En la Sede electrónica del IMV https://sede.imvfuenlabrada.es/, en las Oficinas de Atención al Ciudadano o de Registro General de las distintas administraciones públicas.
Hasta el día 11 de octubre de 2026